Antecedentes
La idea de acoger los derechos del niño circuló en algunos medios intelectuales durante el siglo XIX. Un ejemplo de ello fue la referencia que hizo el escritor francés Jules Vallès en su obra El niño (1879), y más claramente la reflexión sobre los derechos del niño que realizó Kate D. Wiggin en Children’s Rights (1892).
La idea de acoger los derechos del niño circuló en algunos medios intelectuales durante el siglo XIX. Un ejemplo de ello fue la referencia que hizo el escritor francés Jules Vallès en su obra El niño (1879), y más claramente la reflexión sobre los derechos del niño que realizó Kate D. Wiggin en Children’s Rights (1892).
En este ambiente receptivo, en las dos primeras décadas del siglo XX circularon varias declaraciones de los derechos del niño, a veces en forma literaria o bien como resoluciones de organizaciones científicas y pedagógicas.
La primera declaración de derechos del niño, de carácter sistemática, fue la Declaración de Ginebra de 1924, redactada por Eglantyne Jebb fundadora de la organización internacional Save the Children, que fue aprobada por la Sociedad de Naciones el 26 de diciembre de 1924.
Declaración de los Derechos del Niño-Version Preliminar
La Declaración de los Derechos del Niño bosquejada por Eglantyne Jebb y adoptado por la International Save the Children Union, Ginebra, el 23 de febrero en 1923 y respaldado por la Asamblea General de la Sociedad de Naciones el 26 de noviembre de 1924.
A través de esta declaración, conocida comúnmente como Declaración de Ginebra, hombres y mujeres de todas las naciones, reconociendo que los niños son lo mejor que la humanidad tiene, declara y acepta como su deber, más allá de toda consideración de raza, nacionalidad o credo, que:
1. Al niño se le debe dar los medios necesarios para su desarrollo normal, material y espiritual.
2. El niño hambriento debe ser alimentado, el niño enfermo debe ser curado, el niño maltratado debe ser protegido, el niño explotado debe ser socorrido, el niño huérfano y abandonado debe ser acogido.
3. El niño debe ser el primero en recibir auxilio en caso de un desastre.
4. El niño debe tener sustento, y ser protegido contra todo tipo de explotación.
5. El niño debe ser llevado a concientizarse de ser devoto al servicio del hombre.
El documento original, en los archivos de la ciudad de Ginebra, lleva la firma de varios delegados internacionales, entre ellos Eglantyne Jebb, Janusz Korczak, y Gustave Ador, ex presidente de la Confederación Suiza. Las Naciones Unidas aprobaron en 1948 la Declaración Universal de los Derechos Humanos que, implícitamente, incluía los derechos del niño, sin embargo, posteriormente se llegó al convencimiento que las particulares necesidades de los niños debían estar especialmente enunciadas y protegidas.
¿Y a partir de cuando se celebran los Derechos de los Niños/Niñas vigentes?
Fue en 1954, cuando la Asamblea General recomendó (resolución 836(IX)) que todos los países instituyeran el Día Universal del Niño para la fraternidad y la comprensión de los infantes del mundo entero y promover su bienestar. La Asamblea sugirió a los gobiernos que celebraran el Día en la fecha que cada uno de ellos estimara conveniente, sin embargo, el 20 de noviembre marca la fecha en que la Asamblea aprobó la Declaración de los Derechos del Niño en 1959 y la Convención sobre los Derechos del Niño en 1989.
En septiembre de 2000, durante la Cumbre del Milenio, los líderes mundiales elaboraron los ocho objetivos de desarrollo del Milenio (ODM), que abarcan desde la reducción a la mitad de la pobreza extrema hasta la detención de la propagación del VIH/SIDA y la consecución de la enseñanza primaria universal para el año 2015. Aunque los objetivos del Milenio están dirigidos a toda la humanidad, se refieren principalmente a la infancia. El UNICEF nota que seis de los ocho objetivos incumben directamente a la infancia y que la realización de los dos últimos también traerá mejoras fundamentales a las vidas de los niños y niñas. (Objetivos de Desarrollo del Milenio, UNICEF.) Es muy bonito, incluso enternecedor, celebrar el también llamado Día Internacional de los Derechos de la Infancia, pero posiblemente muchos adultos que contribuyen en su celebración, ni siquiera se han leído los artículos contemplado en la Convención sobre los Derechos del Niño.
Son 54 artículos que merecen nuestra atención, especialmente si queremos comprender que significa celebrar este día y así podérselo explicar a nuestros hijos de una forma adecuada. A modo de recordatorio destacamos cuales son los derechos de los niños y citamos el breve resumen que proporciona UNICEF: “Los derechos humanos básicos que disfrutan los niños y niñas en el mundo son los siguientes: el derecho a la supervivencia; al desarrollo pleno; a la protección contra influencias peligrosas, los malos tratos y la explotación; y a la plena participación en la vida familiar, cultural y social.
Los cuatro principios fundamentales de la Convención son la no discriminación; la dedicación al interés superior del niño; el derecho a la vida, la supervivencia y desarrollo; y el respeto por los puntos de vista del niño. Todos los derechos que se definen en la Convención son inherentes a la dignidad humana y el desarrollo armonioso de todos los niños y niñas. La Convención protege los derechos de la niñez al estipular pautas en materia de atención de la salud, la educación y la prestación de servicios jurídicos, civiles y sociales.”
Todas las personas, en nuestro ciclo vital tenemos experiencias, oportunidades, derechos, deberes, responsabilidad y posibilidades, de infantes, adolescentes, jóvenes, adultos, adultos mayores y en nuestra digna vejez.
Declaración de los Derechos del Niño-Version Preliminar
La Declaración de los Derechos del Niño bosquejada por Eglantyne Jebb y adoptado por la International Save the Children Union, Ginebra, el 23 de febrero en 1923 y respaldado por la Asamblea General de la Sociedad de Naciones el 26 de noviembre de 1924.
A través de esta declaración, conocida comúnmente como Declaración de Ginebra, hombres y mujeres de todas las naciones, reconociendo que los niños son lo mejor que la humanidad tiene, declara y acepta como su deber, más allá de toda consideración de raza, nacionalidad o credo, que:
1. Al niño se le debe dar los medios necesarios para su desarrollo normal, material y espiritual.
2. El niño hambriento debe ser alimentado, el niño enfermo debe ser curado, el niño maltratado debe ser protegido, el niño explotado debe ser socorrido, el niño huérfano y abandonado debe ser acogido.
3. El niño debe ser el primero en recibir auxilio en caso de un desastre.
4. El niño debe tener sustento, y ser protegido contra todo tipo de explotación.
5. El niño debe ser llevado a concientizarse de ser devoto al servicio del hombre.
El documento original, en los archivos de la ciudad de Ginebra, lleva la firma de varios delegados internacionales, entre ellos Eglantyne Jebb, Janusz Korczak, y Gustave Ador, ex presidente de la Confederación Suiza. Las Naciones Unidas aprobaron en 1948 la Declaración Universal de los Derechos Humanos que, implícitamente, incluía los derechos del niño, sin embargo, posteriormente se llegó al convencimiento que las particulares necesidades de los niños debían estar especialmente enunciadas y protegidas.
¿Y a partir de cuando se celebran los Derechos de los Niños/Niñas vigentes?
Fue en 1954, cuando la Asamblea General recomendó (resolución 836(IX)) que todos los países instituyeran el Día Universal del Niño para la fraternidad y la comprensión de los infantes del mundo entero y promover su bienestar. La Asamblea sugirió a los gobiernos que celebraran el Día en la fecha que cada uno de ellos estimara conveniente, sin embargo, el 20 de noviembre marca la fecha en que la Asamblea aprobó la Declaración de los Derechos del Niño en 1959 y la Convención sobre los Derechos del Niño en 1989.
En septiembre de 2000, durante la Cumbre del Milenio, los líderes mundiales elaboraron los ocho objetivos de desarrollo del Milenio (ODM), que abarcan desde la reducción a la mitad de la pobreza extrema hasta la detención de la propagación del VIH/SIDA y la consecución de la enseñanza primaria universal para el año 2015. Aunque los objetivos del Milenio están dirigidos a toda la humanidad, se refieren principalmente a la infancia. El UNICEF nota que seis de los ocho objetivos incumben directamente a la infancia y que la realización de los dos últimos también traerá mejoras fundamentales a las vidas de los niños y niñas. (Objetivos de Desarrollo del Milenio, UNICEF.) Es muy bonito, incluso enternecedor, celebrar el también llamado Día Internacional de los Derechos de la Infancia, pero posiblemente muchos adultos que contribuyen en su celebración, ni siquiera se han leído los artículos contemplado en la Convención sobre los Derechos del Niño.
Son 54 artículos que merecen nuestra atención, especialmente si queremos comprender que significa celebrar este día y así podérselo explicar a nuestros hijos de una forma adecuada. A modo de recordatorio destacamos cuales son los derechos de los niños y citamos el breve resumen que proporciona UNICEF: “Los derechos humanos básicos que disfrutan los niños y niñas en el mundo son los siguientes: el derecho a la supervivencia; al desarrollo pleno; a la protección contra influencias peligrosas, los malos tratos y la explotación; y a la plena participación en la vida familiar, cultural y social.
Los cuatro principios fundamentales de la Convención son la no discriminación; la dedicación al interés superior del niño; el derecho a la vida, la supervivencia y desarrollo; y el respeto por los puntos de vista del niño. Todos los derechos que se definen en la Convención son inherentes a la dignidad humana y el desarrollo armonioso de todos los niños y niñas. La Convención protege los derechos de la niñez al estipular pautas en materia de atención de la salud, la educación y la prestación de servicios jurídicos, civiles y sociales.”
Todas las personas, en nuestro ciclo vital tenemos experiencias, oportunidades, derechos, deberes, responsabilidad y posibilidades, de infantes, adolescentes, jóvenes, adultos, adultos mayores y en nuestra digna vejez.
La gran diferencia es que desde adolescentes y ya adultos podemos movilizarnos, preuntar, buscar respuestas, disentir, protestar, defendernos, luchar, convencer, conciliar, pelear por ellos, proponer, exigir que se cumplan, en cambio los niños, necesitan de nosotros para que sus derechos se respeten.
Por ello, el niño y la niña, debe ser protegido y cuidado, no sólo por su familia y su grupo primario, su madre, padre o representantes, sus maestros, tutores, guias, por el Estado, por los políticos, por todos los profesionales, personas con salud mental, la ciudadanía entera.
Los derechos de los niños son tan amplios como amplios son los aspectos de una vida, tienen derecho a estudiar, a vivir en condiciones dignas, a que se cuide de su salud (física y mental), a ser alimentados y por sobre todo amados. Cada uno de nosotros, seguramente desde su lugar, intenta que estos derechos sean respetados, pero no siempre la realidad permite que eso se cumpla. Las políticas de seguridad social, salud, educación muchas veces no contemplan estos derechos básicos. Es un deber de todos conocer cuáles son los derechos que nuestros chicos tienen porque, conociendo, es más fácil luchar por que todos gocen de ellos.
Ser adultos, es haber disfrutado de una infancia feliz, plena en derechos, deberes, oportunidades y obligaciones, que se van entendiendo, viviendo, experimentando en la niñez, y si no fue así, al ser adultos, tenemos la maravillosa posibilidad de cuidar, nutrir y dar a ese niño, las vivencias que le faltaron, hasta llevarlo a desarrollanos plenamente, sin complejos, rabieras, pataletas, autismo, malcriadez, miedo, rabia, minimizar todo aquello que nos lesiono o al menos superarlo para nuestra propia felicidad, bienestar, paz interior y bien hacer.
Cuando permitimos o nos habituamos a la violencia, a la indiferencia ante la utilización de los niños o niñas del mundo, por ello como adultos, tenemos tantos problemas para cuidar el legado civilizatorio, que nos hace trascender como personas, y nos hace ver como extraño, en lo inhumano o de lo inhóspito.
Nutrir y cuidar por el niño o la niña del presente, es crear nuestro futuro y cuidar su realización, como enemos que cuidar del aire que respiramos, en preservación a nuestro ambiente... es la mejor vivencia que podemos legarles!!
http://www.encuentos.com/autores-de-cuentos-2/20-de-noviembre-dia-internacional-de-los-derechos-del-nino/; http://www.oei.es/noticias/spip.php?article1385; http://www.un.org/depts/dhl/spanish/children_day/index.html
http://www.encuentos.com/autores-de-cuentos-2/20-de-noviembre-dia-internacional-de-los-derechos-del-nino/; http://www.oei.es/noticias/spip.php?article1385; http://www.un.org/depts/dhl/spanish/children_day/index.html